Alex de la Iglesia dirige una comunidad

El gran director y guionista Alex de la Iglesia ya nos enseñaba en clave de humor, negro, por supuesto, los variados y sorprendentes entresijos de una comunidad de vecinos muy peculiar. «La Comunidad» ha inspirado a series de éxito en la actualidad, que han sabido mostrarnos los tópicos más comunes de las problemáticas en las comunidades de vecinos pero, también, nos han cautivado con grotestas exageraciones y coletillas repetitivas. Leer más

PORTERO O CONSERJE DE EDIFICIO

Además del Estatuto de los Trabajadores y la normativa laboral vigente, un portero o portera de edificio se rige por el «Convenio Colectivo para Trabajadores y Empresas de Fincas Urbanas», normalmente elaborado de forma autonómica.

Por ejemplo, en la Región de Murcia lo encontramos en:

http://convenios.juridicas.com/convenios/empleados-fincas-urbanas-murcia-2007-2010.html

La única diferencia entre portero y conserje es que el portero/a reside en el mismo edificio o finca, y el conserje acude a realizar sus labores a la finca como lugar de trabajo. Respecto a las tareas que desempeñan, no existen diferencias significativas.

Podríamos nombrar las más comunes:

  • Control de entrada al edificio y velar por la tranquilidad del mismo.
  • Reparto de correo en buzones o directamente en los pisos.
  • Custodia de llaves de pisos, locales, trasteros, etc.
  • Apertura y cierre de piscina, jardines, pistas de tenis… si las hubiera.
  • Mantenimiento de las instalaciones eléctricas, de calefacción y fontanería de las zonas comunes.
  • Avisar a los técnicos correspondientes en caso de avería, según lo acordado con presidente o administrador.
  • Limpieza si no hubiera servicio especializado.
  • Traslado de los cubos colectivos de basura. Leer más

MEDIACION VECINAL: Un gran beneficio ante los conflictos

MEDIACION VECINAL

Filtraciones de agua

Uso de espacios comunes

Humos, ruidos, animales de compañía…

Redistribución de plazas de garaje y trasteros

Obras no consentidas

Éstas son las principales fuentes de discusión entre vecinos, que pueden desembocar en tres situaciones diferentes:

1. No llegan a un acuerdo y el propietario afectado se resigna, generando ansiedad por la mala convivencia y planteándose abandonar ese edificio.

2. El vecino afectado se «venga», queriendo hacer entender al causante de sus molestias de una forma poco apropiada. También queda afectada la convivencia vecinal y, normalmente, afecta a otros propietarios.

3. Se interpone una demanda. Ésta incluye los consecuentes gastos económicos, años de espera para el juicio y, seguramente, el resultado será una propuesta judicial que no beneficia a ninguno de los dos implicados. Leer más

Vecinos que no pagan los gastos de la comunidad

Mis vecinos no pagan comunidad.

¿Le resulta familiar esta afirmación?

En admifinca.com, nos encontramos que, en demasiados casos, nuestros clientes contestan: «Sí, en mi comunidad de vecinos ocurre». Suele suceder ante propietarios que no están de acuerdo con las reformas o remodelaciones para las cuáles se necesita una derrama, y deciden protestar con el impago de las mismas. Evidentemente es su deber contribuir si así se ha decidido democráticamente en la Junta. De igual modo, cada co-propietario debe pagar la mensualidad acordada para los gastos comunes de su edificio o finca, gastos que corresponden al ascensor, luz común, garaje, portería si la hubiera, piscina, jardín… y demás servicios. Leer más

Notificación del Acta

Burofax: Un medio de notificación fehaciente del acta de la junta.

 

Pregunta: ¿Cómo realizar fehacientemente la notificación del acta de la junta?

Respuesta: Mediante el envío de un burofax.

 

La notificación del acta de la junta a un comunero realizada a través de burofax se ajusta a la LPH, en el artículo 18 se hace referencia al artículo 9 sobre el procedimiento para comunicar el acuerdo, sin necesidad de que deba ser realizado «directamente» por el presidente o el secretario. Nada impide que, al igual que el resto de los actos no personalísimos, pueda realizarse la notificación por esta vía. Lo imprescindible, por supuesto, es que la comunicación llegue a conocimiento del miembro de la comunidad interesado​​, con la única excepción de aquellas situaciones en las que se aprecia una intención fraudulenta por parte del comunero que trata de rehuir la recepción de la notificación.